¿Debe comunicarme la empresa el despido por escrito?
Si la empresa ha decidido finalizar la relación laboral debe ponerlo en conocimiento del trabajador de forma escrita, a fin de que el trabajador pueda conocer sus derechos, y así pueda conocer la causa que provocó la extinción de la relación laboral.
¿Puedo reclamar si no estoy conforme?
El trabajador dispone de 20 días hábiles para reclamar sino esta conforme con el despido. Para llevar a cabo el computo debemos excluir sábados, domingos y festivos.
¿La indemnización que recoge la carta es adecuada?
La empresa deberá indemnizar al trabajador conforme al salario adecuado y para el caso de estimarse que existe un error en su cálculo puede conllevar que la empresa deba de abonar la diferencia conforme a la legislación vigente.
¿Qué tipo de despidos existen?
Existen tres tipos de despido:
a) El despido procedente
b) El despido improcedente.
c) El despido nulo.
¿El despido procedente que significa?
Significa que el despido está realizado de manera correcta, tanto en la forma como en el fondo.
¿El despido improcedente que significa?
El despido no está realizado de manera correcta, ya sea por que no existe causa o por que se ha realizado de forma equivocada.
¿El despido nulo?
El despido nulo aparece cuando se han vulnerado derechos fundamentales de un trabajador. Lo que conllevará que la empresa tenga la obligación de reincorporar al trabajador en su puesto de trabajo, abonando los salarios de tramitación