Cómo demandar a tu empresa por impago de salarios en Sevilla
Conoce tus derechos y aprende, paso a paso, cómo reclamar lo que te pertenece legalmente cuando tu empresa no paga tus nóminas.
📞 Llamar ahora 📍 Ver despacho en SevillaArtículo íntegro: reclamar salarios impagados
Según el artículo 59.1 del Estatuto de los Trabajadores, las acciones para reclamar salarios prescriben al año desde la fecha en que debieron abonarse. Esto significa que si tu empresa no paga, dispones de un año para exigir judicialmente las cantidades debidas.
El plazo se interrumpe si realizas una reclamación extrajudicial por escrito (por ejemplo, un burofax), si la empresa reconoce la deuda, o si se inicia un procedimiento judicial o de conciliación.
Pasos recomendados
- Reclamación previa: comunicar por escrito a la empresa el impago.
- Conciliación laboral en Sevilla (SMAC): trámite obligatorio antes de ir a juicio.
- Demanda judicial: en el Juzgado de lo Social de Sevilla, dentro del año desde el impago.
Preguntas frecuentes
¿Necesito abogado?
No es obligatorio acudir con abogado para la demanda laboral, aunque contar con asesoramiento profesional puede ayudarte a presentar la documentación de forma más sólida.
¿Qué documentación debo presentar?
Nóminas, contrato de trabajo, justificantes bancarios, comunicaciones con la empresa y cualquier prueba de impago.
¿Qué plazo tengo?
1 año desde la fecha en que debió pagarse el salario, salvo interrupción.
¿Puedo reclamar intereses?
Sí, además de las cantidades debidas puedes reclamar los intereses por mora salarial.
Contacto y ubicación en Sevilla
Despacho en Calle Abades 28, 41004 Sevilla.
