Abogado de accidentes laborales en Sevilla | Indemnización y recargo

Bufete Carpintero · Derecho laboral

Abogado de accidentes laborales en Sevilla

Asesoramiento jurídico para trabajadores que han sufrido un accidente de trabajo. Analizamos el reconocimiento de la contingencia profesional, las prestaciones, las secuelas, el posible recargo por falta de medidas de seguridad y la reclamación de una indemnización.

Defensa jurídica después de un accidente de trabajo

Un accidente laboral puede dar lugar a diferentes procedimientos. Además de la asistencia sanitaria y la baja médica, puede ser necesario determinar si las lesiones derivan realmente del trabajo, revisar las prestaciones reconocidas, valorar las secuelas y comprobar si la empresa cumplió sus obligaciones de prevención de riesgos laborales.

En Bufete Carpintero estudiamos cada caso a partir del parte de accidente, los informes médicos, las circunstancias en las que se produjo el siniestro y las medidas preventivas existentes. Nuestro despacho se encuentra en Calle Abades 28, Sevilla.

Conserva las pruebas desde el primer momento

Guarda el parte de accidente, fotografías, comunicaciones de la empresa, informes médicos, datos de testigos y cualquier documento relacionado con la prevención de riesgos. La reconstrucción de los hechos puede ser decisiva para acreditar cómo ocurrió el accidente y si existió un incumplimiento empresarial.

¿Qué se considera accidente laboral?

Con carácter general, es accidente de trabajo la lesión corporal sufrida por una persona trabajadora con ocasión o como consecuencia del trabajo que realiza por cuenta ajena. La calificación concreta debe analizarse atendiendo a las circunstancias de cada caso.

Accidente durante la jornada

Caídas, golpes, cortes, atrapamientos, sobreesfuerzos o lesiones producidas mientras se desarrolla la actividad profesional.

Accidente en desplazamiento

Determinados accidentes ocurridos al ir o volver del trabajo pueden calificarse como accidentes laborales, dependiendo del trayecto y de las circunstancias.

Accidente en misión

Siniestros producidos durante un desplazamiento o una actividad realizada por encargo de la empresa.

Agravación de lesiones

El trabajo también puede agravar una dolencia o lesión previa. La relación causal debe estudiarse mediante la documentación médica y laboral.

¿Qué puede reclamarse tras un accidente de trabajo?

Las posibles reclamaciones no son iguales en todos los casos. Es necesario diferenciar las prestaciones de Seguridad Social, el recargo por falta de medidas preventivas y la responsabilidad por los daños ocasionados.

Prestaciones económicas

El accidente puede generar una situación de incapacidad temporal y, cuando quedan limitaciones permanentes, prestaciones o indemnizaciones vinculadas a las secuelas.

Incapacidad permanente

Cuando las lesiones reducen o anulan la capacidad laboral, puede valorarse el reconocimiento de una incapacidad permanente en el grado correspondiente.

Recargo de prestaciones

Si el accidente se produjo por falta de medidas de seguridad, las prestaciones económicas pueden incrementarse entre un 30 % y un 50 %, según la gravedad del incumplimiento.

Indemnización por daños

Puede estudiarse una reclamación por los daños personales, materiales, económicos y morales derivados del accidente, cuando concurran los requisitos de responsabilidad.

Lesiones permanentes

Algunas secuelas definitivas que no alcanzan el grado de incapacidad permanente pueden generar una indemnización conforme al baremo correspondiente.

Reconocimiento de contingencia

Cuando una baja se considera enfermedad común, pero existen motivos para vincularla al trabajo, puede ser necesario promover la determinación de la contingencia profesional.

Falta de medidas preventivas

Recargo de prestaciones por accidente laboral

El recargo puede plantearse cuando la lesión se relaciona con la ausencia o insuficiencia de medidas de seguridad, equipos de protección, formación, vigilancia o adaptación adecuada del puesto.

No se trata de una indemnización ordinaria ni se reconoce automáticamente por el solo hecho de haberse producido un accidente. Deben analizarse el incumplimiento preventivo, la relación causal y las circunstancias concretas del siniestro.

Situaciones que pueden revelar una falta de seguridad

  • Ausencia o deficiencia de equipos de protección individual.
  • Maquinaria sin resguardos o sistemas de seguridad adecuados.
  • Falta de formación preventiva para la tarea encomendada.
  • Órdenes de trabajo incompatibles con las medidas de prevención.
  • Riesgos no evaluados o insuficientemente controlados.
  • Falta de mantenimiento de instalaciones, equipos o herramientas.
  • Ausencia de medidas colectivas frente a caídas o atrapamientos.
  • Ritmos, cargas o condiciones de trabajo potencialmente peligrosas.

La existencia de alguna de estas circunstancias debe acreditarse. Por ello son relevantes la investigación del accidente, la evaluación de riesgos, los informes de Inspección de Trabajo, la documentación preventiva y las declaraciones de testigos.

Qué hacer después de sufrir un accidente laboral

1

Recibir asistencia médica

Explica con precisión cómo se produjo la lesión y su relación con el trabajo.

2

Comunicar el accidente

Informa a la empresa y conserva las comunicaciones y partes correspondientes.

3

Recopilar pruebas

Fotografía el lugar cuando sea posible y anota los datos de los testigos.

4

Revisar el caso

Comprueba cuanto antes las prestaciones, las secuelas y las posibles responsabilidades.

Documentos necesarios para estudiar el accidente

Documentación médica

  • Partes de baja y confirmación.
  • Informes médicos y pruebas diagnósticas.
  • Informes de rehabilitación.
  • Resoluciones del INSS o de la mutua.
  • Documentación sobre secuelas.

Documentación laboral

  • Parte o comunicación del accidente.
  • Contrato de trabajo y nóminas.
  • Evaluación de riesgos, si se dispone de ella.
  • Formación preventiva recibida.
  • Fotografías, mensajes y datos de testigos.

Cómo estudiamos un accidente de trabajo

Análisis de los hechos

Reconstruimos el accidente, el lugar, la tarea realizada y las instrucciones recibidas.

Revisión médica

Examinamos la evolución de las lesiones, las limitaciones y las posibles secuelas.

Prevención de riesgos

Comprobamos las medidas preventivas existentes y los posibles incumplimientos.

Estrategia jurídica

Determinamos las prestaciones y reclamaciones que pueden corresponder en cada caso.

No existe un único plazo para todas las reclamaciones

La determinación de contingencia, las prestaciones, el recargo y la indemnización siguen procedimientos y plazos diferentes. También puede variar el momento desde el que empieza a computarse cada plazo. Es recomendable revisar el asunto sin esperar a que termine completamente el tratamiento médico.

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Preguntas frecuentes sobre accidentes laborales

¿Puedo reclamar una indemnización por un accidente laboral?

Puede existir derecho a una indemnización cuando se acreditan los daños, la responsabilidad correspondiente y la relación causal con el accidente. Deben revisarse también las prestaciones y cualquier cobertura aplicable.

¿Qué es el recargo de prestaciones?

Es un incremento de las prestaciones económicas derivadas del accidente cuando la lesión se produce por falta de medidas de seguridad y concurren los requisitos legales.

¿Un accidente al ir al trabajo puede considerarse laboral?

Determinados accidentes ocurridos al ir o regresar del trabajo pueden calificarse como laborales. Deben estudiarse el trayecto, el tiempo empleado y las circunstancias concretas.

¿Qué ocurre si la mutua considera que la lesión no es laboral?

Puede valorarse un procedimiento de determinación de contingencia para solicitar que la lesión o la baja sean reconocidas como derivadas de accidente de trabajo.

¿Puedo reclamar aunque el accidente no haya dejado incapacidad permanente?

La ausencia de incapacidad permanente no excluye necesariamente otras prestaciones o reclamaciones. Deben valorarse las lesiones, las secuelas y las circunstancias del accidente.

Contacto

Abogado de accidentes laborales en Sevilla

Bufete Carpintero
Calle Abades 28
41004 Sevilla

Teléfono: 954 212 684
Correo: info@bufetecarpintero.com

Solicitar información

Información general. Las prestaciones, responsabilidades y acciones aplicables dependen de las circunstancias y de la documentación de cada accidente.

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